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VOX continúa su frente judicial: Recursos de inconstitucionalidad contra las leyes de la infancia y la discapacidad
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VOX continúa su frente judicial: Recursos de inconstitucionalidad contra las leyes de la infancia y la discapacidad

martes 07 de septiembre de 2021, 13:44h

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VOX ha presentado este martes dos nuevos recursos de inconstitucionalidad ante el TC y continúa así con la batalla judicial frente al recorte de libertades del Gobierno Sánchez.

Así, y en referencia a la ‘Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia’, los 52 diputados nacionales de VOX denuncian:

-el artículo 30, por la referencia que incluye a “una educación afectivo sexual”

-los artículos 3b); 26 (apartados 2 y 3) y 27 por vulneración de los artículos 1.1, 10.1, 16, 18, y 27.3 de la Constitución Española.

-Disposición final primera, por la por vulneración de los artículos 24.1; 18; 39; 81.1 y 117 CE

-Disposición final segunda, por la redacción que confiere al art. 92.7 del Código Civil, por vulneración de los artículos 24, 18, 39, 81.1, 117.3, 122 y 9.3 CE

Así, en el primer caso el recurso de VOX denuncia cómo inserto dentro del Título III “Sensibilización, prevención y detección precoz” se señala que “los niños, niñas y adolescentes en todas las etapas educativas e independientemente de la titularidad del centro, recibirán, de forma transversal, (…) una educación afectivo sexual, adaptada a su nivel madurativo y, en su caso, discapacidad, orientada al aprendizaje de la prevención y evitación de toda forma de violencia y discriminación, con el fin de ayudarles a reconocerla y reaccionar frente a la misma”.

Esta recepción obligatoria y transversal supone sin duda, a juicio del partido de Abascal, que el legislador orgánico incorpora normativamente una ideología estatal en la que forzosamente se pretende adoctrinar a los alumnos. “El Estado impone al alumnado y a sus progenitores una doctrina estatal que se incluye además en el currículo como contenido obligatorio en el que necesariamente habrán de ser evaluados los niños y ello aunque esas convicciones estatales puedan resultar frontalmente opuestas a las de sus progenitores”.

Tras recordar que la Constitución reconoce la necesidad de orientar la enseñanza “hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales” y con respeto a las convicciones religiosas, ideológicas y filosóficas de los progenitores, VOX subraya la necesaria “neutralidad ideológica” del Estado, “de manera que la educación sirva a la transmisión de conocimientos y no al adoctrinamiento estatal en una determinada ideología partidista”.

Además, y en relación con la llamada “parentalidad positiva”, la LO 8/2021 dispone (artículo 3b y 26) la importancia de “dotar a las familias de herramientas de parentalidad positiva”. (“Promover el buen trato, la corresponsabilidad y el ejercicio de la parentalidad positiva. A los efectos de esta ley, se entiende por parentalidad positiva el comportamiento de los progenitores, o de quienes ejerzan funciones de tutela, guarda o acogimiento… En particular, se promoverá la corresponsabilidad y el rechazo de la violencia contra las mujeres y niñas, la educación con enfoque inclusivo…”).

Ya en el artículo 27 -bajo la rúbrica de “Actuaciones específicas en el ámbito familiar”- se señala que “las administraciones públicas impulsarán medidas de política familiar encaminadas a apoyar los aspectos cualitativos de la parentalidad positiva … y elaborarán y/o difundirán materiales formativos … dirigidos al ejercicio positivo de las responsabilidades parentales o tutelares … con contenidos específicos referidos a combatir roles y estereotipos de género que sitúan a las niñas en plano de desigualdad, contenidos sobre la diversidad sexual y de género, como medida de prevención de conductas discriminatorias y violentas hacia los niños, niñas y adolescentes”.

A juicio de VOX, “estos preceptos abandonan la línea del constitucionalismo democrático de considerar el espacio familiar como un ámbito privado de libre desarrollo de las relaciones afectivas entre padres e hijos, sin injerencias de los poderes públicos”. Y, lo que es más, con esta ley se convierte a la familia “en el objeto de un intenso escrutinio por parte de los poderes públicos recabando, en su caso, datos concretos sobre la vida familiar de las personas. Y este escrutinio se orienta a imponer lo que el legislador denomina ‘parentalidad positiva’”.

Por lo que respecta a la Disposición final segunda, que señala que “no procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de los progenitores esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos”, VOX considera que se produce una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión.

Texto íntegro del recurso a la ‘Ley de la Infancia’

Discapacidad

Ya abordando la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, los 52 diputados de VOX reclaman la inconstitucionalidad y nulidad de:

-el artículo segundo (apartados 10 y 19) de la ley, por la modificación resultante del Código Civil

-Artículo segundo (punto 10), por vulneración de los artículos 24, 117.3, 122 y 9.3 de la Constitución española.

-Artículo segundo (punto 19) por vulneración del artículo 117 de la Constitución Española

El partido presidido por Santiago Abascal denuncia, en primer lugar, que las reformas contempladas en la Ley 8/2021 e impugnadas por VOX “nada tienen que ver con el enunciado de dicha Ley y, menos aún, con la adecuación de nuestro ordenamiento jurídico a la Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad”.

“Se trata -denuncia VOX- de una modificación del Código Civil que el legislador introduce valiéndose de una reforma normativa que persigue el apoyo a las personas con discapacidad” sin recoger razonamiento alguno que justifique la introducción de las modificaciones.

Así, VOX denuncia que la nueva norma anule todo “régimen de visita o estancia respecto del progenitor incurso en un proceso penal iniciado por violencia de género”; una medida que vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión (art. 24.1 CE).

“El deber que la Constitución impone a los poderes públicos de velar por el superior interés y beneficio de los menores de edad no admite períodos de “vacatio”, en los que el interés del menor puede sufrir las consecuencias de una decisión automatizada y genérica que prescinde de las circunstancias que, en particular, le afectan. En ningún caso, puede considerarse admisible el desamparo de un menor, sólo porque cabe la posibilidad de que no se prolongue en exceso en el tiempo”, señala VOX.

Del mismo modo, el partido de Abascal denuncia la “privación automática y por efecto de la ley, de la facultad que corresponde al progenitor de poder participar en la toma de decisiones que le incumben en el ejercicio de la patria potestad cuya titularidad le pertenece y sin resolución judicial que le limite o prive de las facultades que le conciernen”. En resumen: con estas dos nuevas normas se da un paso más en el recorte de libertades iniciado por el Gobierno Sánchez que afecta, en este caso, a ámbitos tan sensibles como la educación de los niños y el derecho de un padre a ejercer como tal con la presunción de inocencia que la Constitución española reconoce.

Texto íntegro del recurso contra la ‘Ley de discapacidad’.

Con estas dos acciones son ya 22 los recursos de inconstitucionalidad presentados por VOX desde que comenzó la Legislatura XIV:

  1. Recurso contra la fórmula de juramento de los diputados separatistas en el Congreso.
  2. Recurso contra la Inclusión de Pablo Iglesias en el CNI
  3. Recurso contra el primer estado de alarma
  4. Recurso contra la suspensión de plazos del Congreso durante la epidemia de coronavirus
  5. Recurso contra el cordón sanitario aplicado a VOX en el Parlamento Vasco
  6. Recurso contra el uso del bable en el parlamento asturiano
  7. Recurso contra la denegación de los diputados de VOX en Baleares de visitar un centro educativo
  8. Recurso de inconstitucionalidad contra el segundo estado de alarma y su prórroga de seis meses.
  9. Recurso de amparo contra el segundo estado de alarma
  10. Recurso de amparo tras el veto de la Mesa del Congreso a tramitar la propuesta de VOX para suprimir el Impuesto de Sucesiones
  11. Recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Murcia sobre el Mar Menor
  12. Recurso de amparo por la renovación del CGPJ
  13. Recurso de inconstitucionalidad contra la ‘Ley Celaá’ y la exclusión del castellano como lengua vehicular
  14. Recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Garzón de vivienda
  15. Recurso de inconstitucionalidad por la paralización de los nombramientos del CGPJ en funciones
  16. Recurso de inconstitucionalidad contra la Ley gallega de salud
  17. Recurso contra la negativa a conceder a VOX el senador autonómico por Cataluña que le corresponde tras los resultados electorales en Cataluña
  18. Recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de eutanasia
  19. Recurso de inconstitucionalidad contra la conocida como ‘Ley riders’
  20. Recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de salud Balear
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