La Sala de Cuestiones Preliminares II de la Corte Penal Internacional (CPI) ha tomado una decisión significativa al desclasificar cuatro órdenes de arresto relacionadas con la situación en Afganistán. Estas órdenes, emitidas el 8 de julio y el 9 de septiembre de 2025, apuntan a figuras clave como Haibatullah Akhundzada, Abdul Hakim Haqqani, Habibullah Agha y Neda Mohammad Nadim.
En su resolución, la Sala destacó que la interpretación del concepto de ‘género’ en el Estatuto de Roma debe ir más allá de una mera concepción biológica. Se enfatizó la necesidad de reconocer los roles sociales, comportamientos y expectativas que tradicionalmente se asocian a las personas según su sexo. Estos constructos sociales, conocidos como ‘normas de género’, son fundamentales para evaluar actos que constituyen persecución por motivos de género bajo el artículo 7(1)(h).
Violaciones sistemáticas en Afganistán
La Sala determinó que existen razones fundadas para creer que los cuatro acusados son responsables criminalmente por haber ordenado o inducido crímenes contra la humanidad relacionados con la persecución por motivos de género. Este tipo de persecución se dirige contra niñas, mujeres y otras personas que no se ajustan a las políticas talibanes sobre género, identidad o expresión, así como contra aquellos considerados “aliados” de estas mujeres.
Desde que los talibanes asumieron el poder el 15 de agosto de 2021, se han documentado graves violaciones a los derechos humanos en Afganistán. La Sala observó que los acusados han implementado políticas gubernamentales que han resultado en violaciones severas a los derechos fundamentales del pueblo afgano, incluyendo asesinatos, encarcelamientos y torturas. Las restricciones impuestas por los talibanes han afectado especialmente a las mujeres, privándolas de derechos esenciales como la educación y la libertad de movimiento.
Protección contra la persecución
Al evaluar las pruebas presentadas, la Sala consideró el objetivo del artículo 7(1)(h) del Estatuto de Roma, que busca proteger a las poblaciones civiles frente a violaciones graves y sistemáticas. En este contexto, se subrayó que la protección de las víctimas –en particular mujeres y niñas– es central para el propósito del artículo. La Sala concluyó que la persecución por motivos de género abarca no solo actos directos de violencia, sino también formas sistemáticas e institucionalizadas de daño.
Aquellos percibidos como opositores a estas políticas también han sido objeto de ataques por parte del régimen talibán. Esto incluye a quienes son considerados “aliados” de las mujeres y niñas, vistos como adversarios políticos.
Versión pública redactada de 'Decisión sobre el desclasificado de cuatro órdenes de arresto', 5 octubre 2026