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Un tribunal ordena readmitir a una empleada de cafetería que orinaba en los cubiertos

viernes 27 de octubre de 2023, 12:54h

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La empleada de una cafetería en Barcelona, que fue despedida por orinar sobre los utensilios de cocina, ha obtenido una victoria en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). El tribunal ha declarado que el despido fue improcedente y ha ordenado a la empresa, Neurocroissant Ibérica SA, readmitirla y pagarle una indemnización de 25.000 euros. La sentencia del TSJC confirma la decisión tomada hace tres años por el juzgado de lo social número 14 de Barcelona. Después de esa sentencia, la empresa demandada presentó un recurso ante el TSJC.

No se informó a los empleados sobre la instalación de cámaras en el área del obrador, según argumentan los magistrados. Además, debido a que este espacio era utilizado por los trabajadores para cambiarse de ropa antes y después de su turno, debería haber estado libre de videovigilancia. En octubre de 2018, la trabajadora fue despedida después de que los empleadores descubrieran, al visualizar las cámaras de seguridad, que orinaba sobre recipientes de cocina. Posteriormente, remojaba estos recipientes con agua y los utilizaba para depositar utensilios que luego servía a los clientes.

Según el tribunal, la cafetería ya tenía cámaras en la zona de atención al público, pero no en el obrador. Sin embargo, debido a sospechas de que faltaba dinero en uno de los puntos de venta, decidieron colocar cámaras por todo el local. Al revisar las nuevas cámaras, se descubrió que la trabajadora realizaba sus necesidades en recipientes en la zona del obrador, donde los clientes no podían verlo.

La trabajadora fue acusada por la empresa de cometer una falta grave y violar el principio de buena fe al orinar en utensilios de cocina. Sin embargo, el tribunal determina que las pruebas presentadas por los empleadores carecen de validez debido a la violación del derecho a la intimidad de los trabajadores al instalar cámaras. Como resultado, Neurocroissant está obligado a recontratar a la trabajadora despedida y compensarla con los salarios no percibidos desde su despido hasta su readmisión, o pagar una suma cercana a 25.340 euros.

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