Agosto ha comenzado con nuevas regulaciones que afectan a quienes realizan transferencias o consumos de alto valor. La Administración de Recursos y Control de la Ahorra (ARCA) ha ajustado los montos a partir de los cuales las entidades bancarias y las billeteras virtuales están obligadas a reportar operaciones.
Estos límites fueron actualizados en junio mediante un mecanismo automático que se basa en el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Si alguna transacción supera estos topes, puede ser objeto de revisión por parte del organismo regulador.
Montos bajo control desde agosto 2025
Las transferencias y consumos serán reportados cuando superen los límites establecidos por ARCA, aplicables tanto a personas físicas como a jurídicas. Estos valores están vigentes desde el 1 de junio.
Límites actuales para informar movimientos:
- Transferencias o acreditaciones: $50.000.000 para personas físicas, $30.000.000 para jurídicas.
- Extracciones en efectivo: $10.000.000 para ambos casos.
- Saldos bancarios mensuales: $50.000.000 (físicas), $30.000.000 (jurídicas).
- Plazos fijos: $100.000.000 (físicas), $30.000.000 (jurídicas).
- Billeteras virtuales: mismos topes que en transferencias.
- Sociedades de bolsa: $100.000.000 (físicas), $30.000.000 (jurídicas).
- Compras de consumidor final: $10.000.000, sin importar el medio de pago.
- Pagos: $50.000.000 (físicas), $30.000.000 (jurídicas).
Causas y consecuencias de superar los montos establecidos
Cualquier operación que exceda los límites establecidos activará una alerta automática. En este caso, el banco o la fintech podría retener el dinero, como medida preventiva, hasta que se presente la documentación necesaria que justifique dicha operación.
ARCA llevará a cabo un análisis más exhaustivo de estos movimientos con el objetivo de prevenir maniobras relacionadas con la evasión fiscal, el lavado de dinero o ingresos no declarados.
Diversidad de comprobantes requeridos por bancos o ARCA
Aquellos cuyos fondos provengan de fuentes legales no deberían enfrentar problemas significativos; sin embargo, deberán demostrarlo mediante la presentación de ciertos documentos que pueden incluir:
- Contratos de compraventa o boletas de pago.
- Facturas emitidas si se es monotributista o se está en régimen general.
- Recibos de sueldo o haberes jubilatorios.
- Constancia de inscripción en el monotributo.
- Certificados firmados por un contador público matriculado.
Presents estos documentos generalmente facilitará la liberación del movimiento sin mayores complicaciones.
Estrategias ante bloqueos bancarios
Caso una transferencia sea bloqueada, es recomendable actuar con rapidez y presentar la documentación justificativa del origen del dinero involucrado. Además, se sugiere:
- Avisar con anticipación si se espera recibir un monto elevado, indicando fecha y origen del mismo.
- No fraccionar montos grandes para evitar controles adicionales, ya que esto puede generar sospechas adicionales.
La noticia en cifras
Tipo de operación |
Monto para Personas Físicas |
Monto para Personas Jurídicas |
Transferencias o acreditaciones |
$50.000.000 |
$30.000.000 |
Extracciones en efectivo |
$10.000.000 |
$10.000.000 |
Saldos bancarios mensuales |
$50.000.000 |
$30.000.000 |
Plazos fijos |
$100.000.000 |
$30.000.000 |
Compras de consumidor final |
$10.000.000 |
$10.000.000 |
Pagos |
$50.000.000 |
$30.000.000 |