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Tribunales: 20 años de prisión por matar a un hombre con una motosierra y herir a otro

Por Virginia González

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El TSJ de Extremadura confirma la condena de 20 años de prisión al acusado de matar a un hombre con una motosierra y herir a otro en Palomero. La Sala Civil y Penal desestima el recurso presentado por la defensa y concluye entre otros que no hubo imparcialidad en el veredicto.
La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha confirmado la condena de 20 años de prisión impuesta por la Audiencia provincial de Cáceres por los delitos de homicidio, homicidio en grado de tentativa y amenazas a un acusado que mató a un hombre con una motosierra e hirió a otro en Palomero (Cáceres).

La Audiencia atendiendo al veredicto de culpabilidad le impuso doce años de prisión por el delito de homicidio, siete años por un delito de homicidio en grado de tentativa y un año de cárcel por un delito de amenazas. Además le impone la prohibición de acercarse a menos de 500 metros o comunicar con el que hirió por un periodo de 23 años, así como a indemnizar al mismo con 82.100 euros.

Un fallo que ahora confirma de manera íntegra la Sala Civil y Penal del TSJ de Extremadura.

La defensa interpuso recurso de apelación contra la sentencia de instancia al considerar, entre otros, que hubo imparcialidad en el veredicto por parte del jurado popular y que el delito debió de haber calificado como accidente u homicidio culposo y no como homicidio en el caso del fallecido y de lesiones en el del herido.

La Sala resuelve que en la emisión del veredicto no se aprecia contaminación ni parcialidad de tipo alguno.

En cuanto a la otra cuestión se indica que “a nadie se le oculta que una motosierra en funcionamiento es un arma sumamente lesiva, del informe de los forenses y demás prueba ya se ha justificado que no se trató de una caída accidental sino que Marcial dirigió el arma a una parte del cuerpo vital”.

En cuento a las lesiones del hermano, señala que igualmente está bien calificado el homicidio en grado de tentativa porque “ninguna otra intención puede detraerse del hecho de dirigir una motosierra hacia el pecho de una persona, menos aún después de visto y comprobado lo que acababa de ocurrir con esa misma acción en relación con el tristemente fallecido”.

Hechos probados

El fallecido y el herido, ambos hermanos, habían tenido conocidas desavenencias por la servidumbre de varios terrenos.

El 9 de octubre de 2020 uno de los hermanos vio al acusado dirigirse a la finca de su hermano y lo avisó. Una vez allí vieron al condenado que estaba con una motosierra cortando unos olivos propiedad del fallecido.

En ese momento uno de los hermanos se acercó al acusado para sorprenderlo y llamar a la Guardia Civil cuando el condenado se giró con la motosierra y le produjo varias heridas que acabaron con su vida.

A continuación se dirigió al otro hermano y le dijo que “o te quitas de ahí o te hago lo mismo que a tu hermano”, para acto seguido atacarle con la motosierra y causarle heridas que han precisado intervención.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

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