La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares ha emitido un auto que confirma el juicio del presidente del Parlament de les Illes Balears, Gabriel Le Senne, por un delito de odio. Esta decisión se produce tras desestimar el recurso de apelación presentado por Le Senne contra la resolución del Juzgado de Instrucción número 1 de Palma, que había acordado su procesamiento al considerar que los hechos investigados podrían constituir tal delito. Además, se abrió el trámite para que las partes implicadas presentaran sus escritos de acusación.
En su resolución, la Audiencia desestima todos los argumentos planteados por la defensa del investigado. El Tribunal sostiene que las cuestiones relacionadas con la suficiencia de los indicios sobre la conducta en cuestión deben resolverse durante la fase del juicio oral. En este sentido, considera que no es viable archivar la causa en esta etapa procesal, dado que existen indicios que sugieren que los hechos pudieron ocurrir tal como los relata el juez instructor.
Detalles del caso y defensa
Según el auto, “la defensa del investigado no solicita ante este Tribunal una valoración sobre si los hechos pueden ser considerados constitutivos de delito”. Por lo tanto, el recurso no aborda “la relevancia penal” de los hechos investigados, sino aspectos relacionados con la intencionalidad del investigado y los indicios utilizados por el juez para elaborar su relato sobre posibles delitos. Así, el Tribunal concluye que los argumentos presentados por la parte apelante no están relacionados con un supuesto de sobreseimiento libre según el artículo 637.2 LECrim, sino con el sobreseimiento provisional regulado en el artículo 641.1 LECrim.
Asimismo, la Sala rechaza cualquier alegato sobre una supuesta vulneración del derecho a la tutela efectiva del apelante debido a una pérdida de imparcialidad y objetividad por parte del juez instructor al emitir su resolución. El Tribunal también determina que dicho juez no tomó en cuenta hechos nuevos al dictar su decisión.
Inviolabilidad parlamentaria y contexto
En otro orden de cosas, las magistradas aclaran que “la inviolabilidad parlamentaria” que posee Le Senne no lo exime de responsabilidad por actos realizados dentro del ámbito parlamentario, salvo aquellos que sean consecuencia directa del ejercicio de sus funciones o expresiones libres dentro de este contexto. Según la interlocutoria, esta inviolabilidad no ampara acciones que excedan sus funciones públicas ni aquellas subsumibles en algún tipo penal.
El Tribunal destaca también que determinar si los hechos investigados se encuentran dentro de las competencias del señor Le Senne requiere un análisis previo sobre la tipicidad de su conducta. Las magistradas subrayan que solo se podrá ofrecer una respuesta judicialmente fundamentada a esta cuestión tras realizar una valoración adecuada de las pruebas presentadas.
Origen de la querella
La querella contra Gabriel Le Senne fue presentada tras su actuación durante una sesión plenaria celebrada el 18 de junio de 2024. En dicha sesión se debatía la proposición de ley para derogar la Ley de Memoria Histórica de las Islas Baleares (Ley 2/2018). Durante este debate, dos diputadas se negaron a retirar fotografías relacionadas con las “Rojas del Molinar”, mujeres encarceladas y asesinadas por el régimen franquista en 1937 debido a sus ideas políticas o militancia en el Partido Comunista. El presidente expulsó a las diputadas y rompió uno de los folios con las imágenes.
Preguntas sobre la noticia
¿Quién es Gabriel Le Senne?
Gabriel Le Senne es el presidente del Parlament de les Illes Balears.
¿Por qué será juzgado Gabriel Le Senne?
Gabriel Le Senne será juzgado por un delito de odio, tras la desestimación de su recurso de apelación contra el auto del Juzgado de Instrucción número 1 de Palma que acordó su procesamiento.
¿Qué ocurrió durante la sesión del Pleno el 18 de junio de 2024?
Durante esa sesión, se debatía la derogación de la Ley de Memoria Histórica. Dos diputadas se negaron a retirar fotografías relacionadas con mujeres encarceladas y asesinadas por el régimen franquista, y el presidente expulsó a las diputadas y rompió uno de los folios con las imágenes.
¿Qué dice la Audiencia sobre la inviolabilidad parlamentaria?
La Audiencia señala que la inviolabilidad parlamentaria no protege al investigado de actos que supongan una extralimitación de sus funciones o que sean constitutivos de algún tipo penal.
Cuál es el siguiente paso en este proceso judicial?
El siguiente paso es la fase del juicio oral, donde se resolverán las cuestiones fácticas y se valorarán los indicios sobre la conducta investigada.