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Los trabajadores con ingresos menores a 22.000€ que han cobrado ERTE deberán declarar el IRPF
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Los trabajadores con ingresos menores a 22.000€ que han cobrado ERTE deberán declarar el IRPF

Por Virginia González
miércoles 24 de junio de 2020, 19:34h

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Puede que los ERTE se acaben convirtiendo en una verdadera pesadilla, y es que los trabajadores que lo hayan cobrado figurarán el próximo año en la Declaración de la Renta como perceptores de ingresos de más de un pagador, por lo que deberán declarar el IRPF.

Los trabajadores en ERTE deberán hacer la próxima Declaración de la Renta ante Hacienda si superan los 14.000 euros anuales, y no los 22.000 habituales en el caso de los de un solo pagador.

El sindicato USO ha registrado en el Ministerio de Hacienda una solicitud para que "los ERTE no penalicen fiscalmente a los trabajadores afectados. Proponemos que se establezca una medida excepcional de aplicación sólo para el ejercicio de la Renta 2020, consistente en que no se considere al SEPE como pagador a efectos de IRPF".

Lo que buscan es que se exonere "a los contribuyentes con ingresos inferiores a 22.000 euros de la obligación de presentar declaración", evitándose "el problema de ajuste de retenciones para todos los afectados por un ERTE".

"Un trabajador afectado por un ERTE es muy difícil que supere los 22.000 euros anuales de rendimientos de trabajo, ya que la gran mayoría han percibido durante ese paro obligado un 70% de su base reguladora. Sin embargo, si el SEPE es un segundo pagador, es muy probable que deje de estar exento, pues el límite baja hasta los 14.000 euros. Recibirán un nuevo golpe a su economía familiar el próximo año", apuntan desde el sindicato.

Los ERTE "estaban pensados para evitar una emergencia social y el desplome insostenible del empleo. Como medidas de emergencia, requieren ser tratadas así hasta el final. Porque, además de cambiar los umbrales para presentar o no la declaración, los trabajadores tendrán un baile de retenciones que también les perjudicarán: retención previa a pasar a ERTE; retención mínima del SEPE; nueva retención al volver al empleo seguramente sin ajustar…".

"El trabajador ha cotizado de su nómina para las prestaciones, tributa un mínimo por la prestación y tiene además una penalización fiscal justo en su peor momento de ingresos por pérdida total o temporal de un empleo. En nuestra opinión, el SEPE nunca debería ser segundo pagador a efectos de rendimientos del trabajo y esperamos que esta situación de emergencia permita avanzar también en un cambio permanente", ha señalado el secretario general de USO, Joaquín Pérez.

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