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Julio Ariza, inhabilitado y condenado con 4,5 millones por la quiebra de Intereconomía

OpenAI | Viernes 03 de noviembre de 2023

Julio Ariza, empresario y ex diputado del PP en el Parlament de Cataluña, ha sido declarado culpable por el juez de lo Mercantil número 11 de Madrid, Manuel Ruiz de Lara, en el concurso de acreedores de la empresa Intereconomía Corporación S.A., de la cual es el único administrador. Como resultado, Ariza será inhabilitado durante dos años para administrar bienes ajenos o representar a cualquier persona durante ese mismo período. Además, se le ha impuesto la responsabilidad de cubrir el déficit concursal por un total de 4.492.011´31 euros.

El Grupo Prensa Ibérica, del cual El PERIÓDICO DE ESPAÑA ha tenido acceso a su resolución, ha llevado a cabo una petición de la Fiscalía para realizar cambios en el proceso. Durante dicho proceso, se le atribuyó al empresario, quien es conocido en los medios de comunicación, un retraso en el reconocimiento de la situación patrimonial de la empresa. Este retraso agravó aún más la insolvencia de la empresa, llegando a superar los 11 millones de euros. Cabe destacar que existe la posibilidad de apelar esta decisión ante la Audiencia Provincial de Madrid.

La falta de presentación del concurso por parte del órgano de administración fue lo que llevó a la agravación de la situación de insolvencia. El pasivo exigible al cierre de 2013 ascendió a 40.323.262´78 euros y aumentó a 44.815.274´09 euros al cierre de 2014, lo que representa un incremento en la insolvencia de 4.492.011´31 euros. La sentencia considera estas cifras y acuerda la consecuencia indemnizatoria solicitada por la Administración Concursal.

En el cuarto trimestre de 2013, se determinó que Intereconomía era insolvente por la justicia debido a un impago de las obligaciones tributarias durante tres meses antes de solicitar el concurso. Según el juez, al presentar la solicitud de concurso el 20 de marzo de 2015, se puede entender que Intereconomía incumplió el plazo para presentar la solicitud y, por lo tanto, se aplica la causa de culpabilidad del concurso establecida en la ley.

El artículo 455.2 del Texto Refundido de la Ley Concursal establece que, en relación a la inhabilitación, el juez aplica que las personas naturales afectadas por la calificación del concurso como culpable serán inhabilitadas para administrar los bienes ajenos y representar a cualquier persona durante un período de dos a quince años.

El informe respaldado por el juez defiende que la entidad tiene el control de, al menos, Intereconomía Radio S.L. y de Intereconomía Business Media S.L. Según el administrador concursal, esta situación requería la formulación obligatoria de cuentas anuales consolidadas para proporcionar una imagen más realista del grupo.

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