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El Supremo atiza a Sánchez y a la Fiscalía a cuenta de las penas a los violadores

(Foto: RRSS).
Ángela Francos | Miércoles 07 de junio de 2023

Durante dos días, los magistrados del Alto Tribunal se han reunido para establecer los criterios que deben seguirse al revisar las condenas por delitos sexuales después de la implementación de la ley conocida como "sólo sí es sí". Hasta ahora, los tribunales han aplicado diferentes enfoques, desde reducir automáticamente las penas hasta mantener las antiguas. Sin embargo, el Supremo ha encontrado una solución intermedia basada en la proporcionalidad entre el castigo y los hechos.

En el cónclave se discutieron tres opciones sobre cómo aplicar las revisiones de penas. La primera opción consistía en reducir automáticamente las penas cuando disminuyan sin tener en cuenta otros factores. La segunda opción, propuesta por el fiscal general del Estado, era mantener las penas si caben dentro de la nueva horquilla y solo reducirlas si el tribunal impuso la pena mínima. La tercera opción, que tuvo mucho apoyo, abogaba por "reindividualizar" las penas para buscar siempre la opción más favorable al reo mientras se ajusta el castigo a la gravedad del delito cometido, lo que da un mayor margen a los tribunales para ajustar las condenas.

El tribunal ha decidido por unanimidad que la tercera opción es la correcta, ya que el artículo 2.2 del Código Penal establece el principio de retroactividad penal a favor del acusado. A pesar de esto, la disposición transitoria quinta del mismo texto legal ha perdido su vigencia ya que fue creada para el Código Penal de 1995 y para un momento específico de transición entre códigos, con el objetivo de evitar la revisión de miles de condenas.

Así serán las revisiones

El Tribunal Supremo realizó un Pleno monográfico de dos días para resolver 29 recursos que se presentaron contra las revisiones de condenas firmes por tribunales inferiores después de la entrada en vigor de la ley de Irene Montero el pasado 7 de octubre. De los 29 recursos, 22 fueron presentados por los condenados, algunos porque no han visto reducida su pena y otros porque consideran que la rebaja ha sido insuficiente, mientras que 7 fueron presentados por la Fiscalía. Además, en 16 casos las víctimas son menores de edad.

De acuerdo con la información proporcionada por el Consejo General del Poder Judicial hasta el 1 de mayo, se realizaron 2.301 revisiones de condena en el Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia y las Audiencias Provinciales. Como resultado, se redujeron las penas en 1.079 casos y hubo 108 excarcelaciones.

Según fuentes jurídicas, el Tribunal Supremo ha revisado 75 sentencias en las que se han aplicado nuevas leyes más favorables al acusado. Hasta ahora, solo se ha pronunciado en respuesta a recursos de casación y ha mantenido las penas impuestas en 47 casos, mientras que en 28 ha ordenado reducciones.

Según fuentes, la doctrina establecida por el Supremo será utilizada como referencia en futuras revisiones de condenas por delitos sexuales. A pesar de que el Gobierno de Pedro Sánchez ha tenido que reformar su ley y volver a la anterior, se prevé que la Justicia pueda tardar hasta cinco años en ajustar las penas correspondientes.

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