CLAVES

BOE: La prórroga de los ERTE hasta septiembre entra en vigor

Carlos Pérez | Sábado 27 de junio de 2020
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este sábado el decreto que prorroga los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) hasta el 30 de septiembre y la protección de los autónomos derivada del Covid, y que crea el fondo de 600 millones para el consumo energético de la gran industria.

El decreto, firmado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, entra en vigor hoy mismo, a tres días de que finalizara la anterior prórroga de los ERTE y la protección de los autónomos.

El texto recoge la continuidad de la cláusula que obliga a mantener el empleo durante los seis meses siguientes al ERTE para aquellos por causas objetivas, con la novedad de que para las empresas que por primera vez apliquen un ERTE y se beneficien de las medidas extraordinarias en materia de cotizaciones empezará a computarse el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este decreto en lugar desde la reincorporación del trabajador.

En cuanto a los beneficios en la cuota, para aquellas empresas acogidas a un ERTE por fuerza mayor parcial, las exoneraciones serán del 60% para los trabajadores que se reincorporen y del 35% para los que sigan suspendidos en empresas con menos de 50 trabajadores. Para las que tienen 50 o más trabajadores, las exoneraciones serán del 40% para los activados y del 25% para los no activados para los meses de julio, agosto y septiembre. Las empresas con ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción derivado del Covid-19 se beneficiarán de este mismo esquema.

Las empresas que se encuentren en ERTE por fuerza mayor total se establece un periodo transitorio hasta el 30 de septiembre durante el que se podrán beneficiar de un esquema de exoneraciones decrecientes: 70%, 60% y 35% en los meses de julio, agosto y septiembre, respectivamente, para trabajadores suspendidos en empresas con menos de 50 trabajadores; y en empresas con más de 50 trabajadores, las exoneraciones serán del 50%, 40% y 25% en julio, agosto y septiembre para los empleados que siguen en ERTE.

Además, aquellas empresas que deban recurrir a un ERTE por fuerza mayor causado por un rebrote del coronavirus se beneficiarán de exoneraciones de cuota del 80% por los trabajadores adscritos en empresas de menos de 50 trabajadores, y en las compañías con una plantilla de 50 o más empleados, la exoneración será del 60%. Cuando reinicien su actividad, les será aplicado el esquema de exoneraciones de la fuerza mayor parcial.

Se extiende la protección por desempleo para los afectados hasta septiembre y se mantiene la ya aprobada para los fijos discontinuos hasta el 31 de diciembre, sigue aplicando la imposibilidad de acogerse a los ERTE si se opera en paraísos fiscales y de repartir dividendos correspondientes al ejercicio fiscal en que se apliquen los expedientes y se extiende hasta septiembre la imposibilidad de despedir o extinguir contratos derivado de la fuerza mayor o las causas objetivas por el Covid.

Los trabajadores en ERTE no podrán realizar horas extraordinarias ni las empresas podrán externalizar actividad mientras dure el expediente. Tampoco podrán realizar nuevas contrataciones, salvo que los trabajadores del centro de trabajo no puedan, por formación, capacitación y otras razones objetivas y justificadas desarrollar las funciones para las que se necesita contratar.

La comisión tripartita creada en mayo continuará monitorizando el acuerdo. Además, el Ministerio de Trabajo se reunirá “a la mayor brevedad posible” con las patronales y los sindicatos para abordar el desempleo de las personas en ERTE por Covid-19 con varios contratos a tiempo parcial y “las posibles soluciones al consumo durante el estado de alarma de las prestaciones y subsidios por desempleo de personas no afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo”.

El decreto también recoge que el Gobierno y los agentes sociales se comprometen a abordar en las cuatro mesas de diálogo social creadas las medidas a incorporar para crear empleo.

AUTÓNOMOS

En el caso del acuerdo del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones con las organizaciones de autónomos ATA, UPTA y Uatae, los trabajadores por cuenta propia que vinieran percibiendo la prestación extraordinaria por cese de actividad, no pagarán la cuota de julio y tendrán una exención del 50% en agosto y del 25% en septiembre, lo que supondrá un ahorro mínimo de más de 500 euros por autónomo durante los próximos tres meses, según calcula el Ministerio. La exención de cotización será incompatible con la percepción de la prestación ordinaria por cese de actividad.

Además, los beneficiarios de la prestación extraordinaria podrán solicitar el paso a la prestación ordinaria por cese de actividad, siempre que acrediten una reducción de la facturación del 75% del tercer trimestre de 2020 respecto al mismo periodo de un año antes y no haber obtenido durante el tercer trimestre de 2020 unos rendimientos netos superiores a 5.818,75 euros. Esta prestación podrá percibirse como máximo hasta el 30 de septiembre y supone un beneficio económico mínimo de 930 euros al mes por trabajador, según el Ministerio.

Por último, se incluye una nueva ayuda para los autónomos de temporada que consiste en el acceso a la prestación extraordinaria (del 70% de la base reguladora más la exoneración de las cotizaciones sociales), que podrán percibir por un máximo de cuatro meses, desde el 1 de junio hasta el 31 de octubre.

Podrán solicitar estas ayudas los autónomos cuyo único trabajo a lo largo de los últimos dos años se hubiera desarrollado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar durante los meses de marzo a octubre y hayan permanecido en alta en los citados regímenes como trabajadores autónomos durante al menos cinco meses al año durante ese periodo. Además, sus ingresos en 2020 no podrán superar 23.275 euros.

Para el seguimiento de este acuerdo se crea una comisión integrada por el Ministerio y las tres organizaciones de autónomos más representativas.

Además, el decreto incluye la creación del Fondo Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas (Fergei), que estará dotado con 200 millones de euros anuales, con un máximo de 600 millones para tres años. Este fondo es la antesala a la aprobación del estatuto del consumidor electrointensivo, que quedó paralizado la pasada legislatura por la disolución de las Cortes y que el Consejo de Ministros aprobará en próximas fechas.

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