Un hombre ha sido condenado a once años y medio de prisión por violar, agredir y amenazar a su pareja sentimental en Almassora, Castellón. La Audiencia Provincial le considera culpable de agresión sexual con agravantes de género y parentesco, así como de lesiones y amenazas. Durante su relación de ocho meses, el agresor sometió a la víctima a múltiples actos de violencia física y psicológica. Además de la pena de prisión, deberá indemnizar a la mujer con 10.000 euros por daños morales y cumplir una orden de alejamiento durante nueve años. La sentencia aún puede ser recurrida.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha dictado una sentencia condenatoria contra un hombre, imponiéndole una pena de once años y medio de prisión por forzar sexualmente, agredir y amenazar de muerte a su pareja sentimental, con quien mantuvo una relación durante ocho meses.
El tribunal ha calificado al condenado como autor de un delito de agresión sexual, considerando las agravantes de género y parentesco. Además, se le han atribuido dos delitos de lesiones en el contexto de la violencia de género, también con la agravante de reincidencia, así como un delito leve de amenazas.
A pesar de la gravedad del caso, el tribunal absolvió al acusado de los cargos relacionados con malos tratos habituales y otro delito de lesiones. Sin embargo, el condenado deberá indemnizar a la víctima con 10.000 euros por daños morales, además de 1.200 euros por lesiones y 520 euros por los daños materiales ocasionados a sus pertenencias personales.
La sentencia establece además una prohibición que impide al agresor comunicarse o acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante un periodo de nueve años.
La relación entre el condenado y la víctima comenzó en julio de 2021 y transcurrió en la vivienda de ella en Almassora. Según los magistrados, a mediados de enero de 2022, el hombre mostró un comportamiento posesivo al intentar controlar el teléfono móvil de su pareja, lo que culminó en un ataque violento donde arrojó el dispositivo contra la pared.
El 2 de febrero, tras exigir nuevamente el teléfono y recibir resistencia, el agresor propinó un puñetazo a la mujer y amenazó con cortarle el cabello e incluso rociarla con ácido. Posteriormente, continuó con las agresiones físicas utilizando un cinturón y un zapato, obligando a la mujer a someterse a relaciones sexuales bajo coacción.
A lo largo del invierno siguiente, el acusado se presentó en el negocio que gestionaba la víctima con intenciones destructivas hacia su equipo informático. Frustrado por no poder acceder al ordenador, rompió una pantalla y un disco duro. El 8 de marzo del mismo año, tras descubrir que ella había protegido su teléfono con una doble contraseña, amenazó nuevamente a la mujer con un cuchillo en el cuello para obtener acceso a sus mensajes.
Días después, volvió a acosarla en su lugar de trabajo, robándole el teléfono mientras profería insultos y amenazas mortales. La sentencia aún no es firme y puede ser objeto de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Cifra | Descripción |
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11.5 | Años de prisión impuestos al condenado |
10,000 | Euros a abonar por daños morales a la víctima |
1,200 | Euros por lesiones a la víctima |
520 | Euros por desperfectos materiales (teléfono, ordenador y disco duro) |
500 | Metros de distancia mínima que debe mantener el condenado respecto a la víctima durante 9 años |
El agresor fue condenado a once años y medio de prisión por violar, agredir y amenazar a su pareja sentimental.
Se le consideró autor de un delito de agresión sexual con agravantes de género y parentesco, dos delitos de lesiones en materia de violencia de género con agravante de reincidencia, y un delito leve de amenazas también con agravante de reincidencia.
El condenado deberá abonar a la mujer 10.000 euros por daños morales, 1.200 euros por lesiones y 520 euros por desperfectos materiales.
La sentencia establece una prohibición de comunicación y aproximación a menos de 500 metros de la víctima por un periodo de nueve años.
No, la sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.