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¿Corresponsabilidad? No, gracias. Facts (1)
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¿Corresponsabilidad? No, gracias. Facts (1)

Por Juan Carlos Gaeta
viernes 03 de abril de 2020, 09:44h

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Lo que viene a continuación son una serie de Facts totalmente objetivos, ordenados por fecha de aparición, para que todos ustedes los puedan utilizar, llegado el caso y si lo consideran oportuno, como entiendan conveniente.

¿Qué es el Reglamento Sanitario Internacional?

El Reglamento Sanitario Internacional (2005), o RSI (2005), es un acuerdo internacional jurídicamente vinculante suscrito por 196 países, entre los que se encuentran todos los Estados Miembros de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Su objetivo consiste en ayudar a la comunidad internacional a prevenir y dar respuesta a los riesgos graves para la salud pública que puedan cruzar fronteras y amenazar a la población mundial. La finalidad y el alcance del RSI (2005) consisten en prevenir la propagación internacional de enfermedades y proporcionar protección frente a ellas, controlarlas y darles una respuesta de salud pública, todo ello de forma proporcional a los riesgos que supongan para la salud pública y evitando interferencias innecesarias con los viajes y el comercio internacionales.

Antes de entrar en materia, conviene recordar que Andorra es Estado Parte del RSI, que establece todas las medidas que los Estados Parte deberán aplicar en casos de declaración de "emergencia de salud pública de importancia internacional", tal y como se expresa en su artículo 15, en el que se expresa que las recomendaciones temporales podrán incluir las medidas sanitarias que habrá de aplicar el Estado Parte en que ocurra ésa Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional, u otros Estados Partes, a las personas, equipajes, cargas, contenedores, medios de transporte, mercancías, y/o paquetes postales a fin de prevenir o reducir la propagación internacional de una enfermedad con un mínimo de trabas para el tráfico internacional. Estas recomendaciones podrán adoptar el carácter de permanentes conforme al siguiente artículo 16.

Vayamos a los Facts:

El 31 de diciembre de 2019 la oficina de la Organización Mundial de la Salud en China informa de casos de neumonía de etiología desconocida detectada en Wuhan City, provincia de Hubei. El 7 de enero de 2020 las autoridades chinas identifican como agente causante un nuevo tipo de virus de la familia Coronaviridae, que fue llamado SARS-Cov-2, luego denominado internacionalmente Covid-19. El Comité de Emergencias del Reglamento Sanitario Internacional (RSI 2005) declaró el brote como “Emergencia de Salud Pública de importancia internacional” en su reunión de 30 de enero de 2020. El día 11 de marzo de 2020 la OMS la reconoció como una pandemia global. Conforme a las definiciones del artículo 1 del Reglamento Sanitario Internacional de 2005 (RSI 2005) “Emergencia de salud pública de importancia internacional” significa un evento extraordinario que, de conformidad con éste Reglamento, se ha determinado que:

i) Constituye un riesgo para la salud pública de otros Estados a causa de la propagación internacional de una enfermedad, y

ii) Podría exigir una respuesta internacional coordinada.

Facts

El 13 de enero de 2020 el ministro de salud pública de Tailandia informa del primer caso importado de Wuhan.

El 15 de enero de 2020 el ministro de salud de Japón informa del primer caso importado de Wuhan. El 20 de enero la NFP de la República de Corea, informa del primer caso.

A día 20 de enero de 2020 la OMS confirma 282 casos: China 272; Tailandia 2; Japón 1 y República de Corea 1.

A partir de esta fecha la OMS realizará un Informe Diario de la situación global. En cada comunicación se informa de los nuevos países contaminados por el virus que, a la postre, serán la casi totalidad de los de nuestro planeta. También informará del número de infectados por regiones y países, y del número de fallecidos. La lectura sucesiva de estas comunicaciones hacía ver de forma incontrovertible que el virus se extendía por todo el planeta. La propia OMS advertía de la rapidez y facilidad del contagio.

Continuará...

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